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Vivienda, tierras y propiedad en las operaciones en materia de albergue

Last updated: 16 Oct 2024

Operations

Vivienda, tierras y propiedad

La falta de acceso temporal o de larga data a una vivienda, a tierras o a la propiedad es inherente a cualquier forma de desplazamiento, sea este o no inducido por desastres naturales o antropogénicos e independientemente de la situación imperante. El acceso a una vivienda, a tierras y a la propiedad a menudo se materializa en una protección básica, por ejemplo, en términos de seguridad y albergue a corto plazo, pero también engloba la seguridad de la tenencia a largo plazo. Se puede considerar que esta falta de acceso permite que se produzcan desplazamientos secundarios y aumente la vulnerabilidad durante la fase de emergencia de una crisis y obstaculiza las iniciativas de programas en contextos posteriores a las emergencias.


Para garantizar una atención adecuada y un conocimiento adaptado al contexto de los derechos de vivienda, tierras y propiedad en las operaciones en materia de albergue de emergencia de la OIM, la Organización aplica la norma de diligencia relativa a la vivienda, las tierras y la propiedad. Ello requiere que los agentes del sector de albergue: 1) propicien el mayor nivel de seguridad jurídica que sea razonable respecto de los derechos sobre la tierra, teniendo en cuenta el contexto y las limitaciones de recursos y tiempo; 2) reduzcan, en la medida de lo posible, el riesgo de que la construcción de albergues provoque o intensifique tensiones y conflictos en torno a las tierras; y 3) eviten el desalojo de los beneficiarios en el futuro.


Para ello, las operaciones de la OIM en materia de albergue de emergencia establecen un proceso que anticipa y aborda los problemas relacionados con los derechos sobre la tierra cuando se plantean o ante el riesgo de que puedan surgir durante la construcción de un albergue.

Para establecer este proceso es clave la:

  • Concientización de los miembros del personal pertinentes sobre los vínculos entre los derechos sobre la tierra y el albergue;
  • Incorporación de verificaciones y seguimientos básicos de los derechos sobre la tierra en todas las actividades en materia de albergue (ya sea directamente por la OIM o mediante subcontrataciones);
  • Creación de protocolos para el intercambio de información sobre cuestiones relativas a los derechos sobre la tierra con otros interlocutores del sector de albergues activos en el mismo contexto.

Además, para integrar los derechos de vivienda, tierras y propiedad en las operaciones en materia de albergue será preciso que los agentes de este sector tengan en cuenta los siguientes objetivos 1) en la planificación, 2) antes de la construcción 3) durante la implementación y 4) en la fase de evaluación de la operación. En cada una de estas etapas se adoptarán medidas para: a) aclarar la situación en relación con la tenencia de las tierras y la propiedad; y b) reforzar la seguridad de la tenencia para los beneficiarios. A continuación se presentarán las distintas etapas y las respectivas precauciones que cabe tomar en relación con los derechos de vivienda, tierras y propiedad.

Para una visión general sobre la incorporación de los derechos de vivienda, tierras y propiedad en las intervenciones humanitarias, vea este breve video del Grupo Temático Mundial sobre Albergue.

Planificación

Objetivo: Obtener información general al respecto de los derechos sobre la tierra y aclarar los acuerdos de tenencia.

Esto implica:

  • Comprender el entorno normativo y los derechos e instituciones formales relacionados con la tenencia de la tierra; 
  • Conocer los acuerdos y prácticas informales relativos a la tenencia de la tierra;
  • Verificar quién tiene qué derecho(s) sobre la tierra con fines de albergue;
  • Obtener una visión general de cómo se gestionan las relaciones referentes a la tierra y la propiedad (es decir, una visión general del sistema de tenencia de la tierra vigente); Conocer la situación de los derechos sobre la tierra, así como la situación jurídica o de facto de los hogares (especialmente de las mujeres) con respecto a la tierra;
  • Decidir si la seguridad de la tenencia es suficiente para llevar a cabo la prestación de asistencia en materia de albergue; 
  • Determinar cuáles son las leyes que regulan la herencia en relación con la vivienda, las tierras y la propiedad y las posibles repercusiones para los hogares encabezados por mujeres/menores.

Antes de la construcción

Objetivo: Reducir el riesgo de desahucios y los conflictos por la propiedad de tierras.

Para ello será necesario que el agente del sector de albergue adquiera un nivel suficiente de certeza con respecto a:

  • La situación jurídica de la parcela en cuestión (si es de propiedad estatal o privada, qué institución tiene su usufructo, por ejemplo, la autoridad local/nacional, una iglesia, una mezquita, una escuela, el ejército, etc.);
  • La situación de los beneficiarios con respecto a la tenencia de la parcela y el albergue que se construirá (es decir, su tipo de derecho respecto de la parcela en cuestión (propiedad, posesión indocumentada, tenencia consuetudinaria, arrendamiento, etc.).

Aplicación

Objetivo: Garantizar que los agentes del sector de albergue estén preparados para reaccionar de forma adecuada y eficiente ante los problemas relativos a las tierras que surjan durante la construcción de albergues, para reducir o mitigar así el riesgo de agravamiento y de retrasos o paralizaciones indebidos del proyecto de albergue.

Para cumplir este objetivo es necesario:

  • Capacitar al personal pertinente y establecer procedimientos y estructuras que, o bien remitan los problemas relativos a las tierras a la(s) instancia(s) adecuada(s), o bien permitan abordar directamente los problemas que surjan.

Evaluación

Objetivo: Garantizar que los agentes que trabajan en cuestiones relacionadas con los derechos sobre la tierra en la zona donde se construyó el albergue estén plenamente informados sobre el proyecto de albergue y conozcan los pasos dados para obtener y preservar la seguridad jurídica en relación con los derechos sobre la tierra aplicables a la parcela del albergue y la situación jurídica de los beneficiarios en lo que respecta al albergue.

Si desea información más detallada y orientaciones sobre la incorporación de consideraciones relativas a los derechos de vivienda, tierras y propiedad en los programas en materia de albergue, consulte el documento titulado “Land Rights and Shelter Due Diligence Standard”. También puede obtener información y orientaciones sobre esta cuestión poniéndose en contacto con la División de Tierras, Propiedades y Reparación en la Sede de la OIM.

La Norma de Diligencia Debida respecto de los Derechos sobre la Tierra y el Albergue, que figura en la entrada  Documentos de orientación y herramientas en materia de albergue y artículos no alimentarios , contiene información más detallada sobre los derechos de vivienda, tierras y propiedad aplicables a los programas en materia de albergue.

Tenga en cuenta que, en algunos contextos, al centrar la atención en las tierras y la propiedad se puede dar lugar a desalojos o acentuar la inseguridad de la tenencia de la tierra para las personas vulnerables. A veces, tras analizar los problemas, es mejor no hacer nada.

Media

Contactos

Para más información, póngase en contacto con la Unidad de Albergue y Asentamientos en Ginebra, ShelterSupport@iom.int , o con el Asesor Mundial de Vivienda, Tierras y Propiedad, ilopes@iom.int.

También puede contactar al Grupo de Referencia en materia de Albergue de la OIM, que es más amplio y está compuesto por personal sobre el terreno: ShelterReferenceGroup@iom.int.